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Ayudas para la rehabilitación de edificios en Donostia y en el País Vasco
Iniciar las reformas de rehabilitación de edificios, inmuebles o casas particulares no tiene por qué tener un coste coste que no se pueda asumir si se solicitan ayudas existentes. En la actualidad, instituciones como el Gobierno Vasco o entidades municipales, como por ejemplo la de San Sebastián, ponen al alcance de sus ciudadanos diferentes subvenciones para la rehabilitación de edificios de viviendas de las que se pueden beneficiar tanto el propietario particular de la vivienda como la comunidad de vecinos al completo.
Las instituciones vascas ofrecen ayudas para la reforma de inmuebles, bien en forma de subvenciones a fondo perdido, o bien concediendo préstamos con condiciones muy ventajosas. Y es que el parque de vivienda usada en Euskadi no es precisamente joven. Hay 73.429 edificios de uso residencial con más de 50 años. Y la cifra va creciendo, ya que del total de 163.642 edificios existentes en Euskadi, el 43% está construido con anterioridad al año 1961. Esto supone que ya en el año 2020 existen más de 89.000 edificios con más de 50 años de antigüedad.
Ayudas a la rehabilitación de inmuebles en Donostia-San Sebastián
El Ayuntamiento de San Sebastián concede subvenciones a fondo perdido para la rehabilitación de edificios residenciales y viviendas que se encuentren en el término municipal de la ciudad. ¿Qué tipo de obras pueden acogerse a estas ayudas? Un total de tres, que son las siguientes. Primera, las obras relativas a elementos comunes, es decir, a obras de la comunidad como son: aquellas para mejorar la accesibilidad o las obras requeridas por la ITE (Inspección Técnica de Edificios). En segundo lugar, las relacionadas con arreglos o mejoras de la vivienda particular: carpintería exterior o las obras de adecuación de la vivienda para personas con movilidad reducida o para mayores de 65 años. Y, en tercer lugar, pueden también acogerse a la subvención del Ayuntamiento de Donostia, aquellas obras que permiten la adecuación de viviendas vacías para su posterior alquiler mediante el programa Alokabide.
¿Cómo acceder a las ayudas para la rehabilitación de edificios en San Sebastián?
Todas las solicitudes deben presentarse antes de iniciarse las obras de rehabilitación. Además, la construcción tiene que tener más de 10 años de antigüedad (a no ser que la subvención sea para obras de menos años en las que habiten personas de movilidad reducida o a mayores de 65 años). La superficie individual construida no debe ser superior a 150 metros cuadrados. La solicitud se debe realizar una vez que se haya obtenido la licencia municipal de obra. A todo ello hay que añadir que el IVA no es objeto de subvención.
Las ayudas para rehabilitación las pueden solicitar diferentes personas en función de si son obras de la Comunidad, obras particulares u obras para el fomento del alquiler bajo el programa Alokabide. Para las primeras, pueden solicitar la subvención para la realización de la obra, las Comunidades de Propietarios legalmente constituidas. Para las obras particulares, el solicitante de las ayudas debe ser la persona propietaria o arrendataria del piso. Además, la vivienda tiene que ser domicilio habitual (para lo cual se comprueba el Padrón Municipal de Habitantes) y los ingresos anuales deberán ser de 35.000€ como máximo. Para las obras acogidas al programa Alokabide, los requisitos para solicitar las ayudas son los siguientes: ser propietario o usufructuario, tener el compromiso de destinar la vivienda a alquiler con el programa Alokabide durante, al menos, 5 años. Y, no se podrá optar a esta ayuda si se tiene un patrimonio superior a 2 viviendas o ingresos superiores a 50.000€ brutos anuales.
Ayudas para la rehabilitación de edificios e inmuebles concedidas por el Gobierno Vasco
Por lo que respecta al Ejecutivo Autónomo, hay que destacar que existen ayudas en forma de préstamos y ayudas que se materializan en subvenciones a fondo perdido. Se conceden tanto para la rehabilitación de viviendas particulares como para la rehabilitación de edificios en obras de comunidad (siempre que sean domicilio habitual).
Los requisitos son muy similares a los que se tienen que cumplir en el caso de las ayudas municipales. Así, la rehabilitación tiene que ser realizada por el propietario, arrendatario o usufructuario. Para poder solicitar un préstamo, hay que tener ingresos familiares no superiores a 33.000€, mientras que para tener derecho a la subvención, los solicitantes deberán tener ingresos familiares no superiores a 21.000€. Para poder declarar la obra como de rehabilitación protegida, el gasto correspondiente a la vivienda (sin IVA) tiene que ser superior a 1.000€ por vivienda, excepto para las reformas necesarias para facilitar el acceso a discapacitados, en las que no se establece límite.